El “coto vedado” como sustento de la seguridad humana desde la teoría del conocimiento

Date
2018-11-07
2018-11-07
Author
Ordoñez, Joaquin
Uribe Arzate, Enrique
Ordoñez, Lucio
Metadata
Show full item record
Show full item record
Compartir:
Citar con el siguiente link: http://hdl.handle.net/11323/2390
https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/1850
Citar con el siguiente link: http://hdl.handle.net/11323/2390
https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/1850
Abstract
En el presente artículo, se revisa la teoría del “coto vedado” y el concepto de “seguridad humana”; así mismo, se analizan sus categorías teóricas principales para identificar la relación existente entre ambos, así como sus aspectos diferenciales y coincidentes. Esta revisión se realizó con base en una metodología documental desde el punto de vista analítico y sintético, considerando aspectos teóricos para distinguir la estrecha relación entre ambas categorías que permita una mejor comprensión del fenómeno socialde inseguridad humana. Los hallazgos permiten poner en evidencia que existe una relación cognitiva entre las propiedades del coto vedado y la seguridad humana como objetos del conocimiento, considerando también la regularidad en las relaciones que hay entre cada uno de esos objetos y sus propiedades, lo cual se traduce en las categorías de causalidad y sustancialidad. Lo anterior permite proponer a la teoría del coto vedado como fuente y sustento de la seguridad humana. Palabras clave: coto vedado, seguridad humana, democracia, teoría del conocimiento
Referencias:
Contreras, C. (2007). Seguridad humana. Quórum, (18), 152-163. Ferrajoli, L. (2004). Derechos y garantías. La ley del más débil. (A. Ibañez y A. Greppi, trads.). Madrid: Trotta. Fundación CIDOB. (2004). Seguridad humana: conceptos, experiencias y propuestas. Una doctrina de seguridad humana para Europa. Revista CIDOB d’afers internacionals, (76), p. 159-199. Garzón, E. (1989). Algo más acerca del “coto vedado”. Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, (6), 209-213. Garzón, E. (2000). Instituciones suicidas. Estudios de ética política.México, D.F.: Universidad Nacional Autónoma de México. Garzón, E. (2005). El consenso democrático: fundamento y límites del papel de las minorías. Isonomía: revista de teoría y filosofía del derecho, (12), 7-34. Hessen, J. (2007). Teoría del conocimiento. México, D.F.: Tomo. Kay, S. (2006). Global security in the Twenty-first century. USA: Rowman & Littlefield Publishers Inc. Krause, K. (2005). Seguridad humana: ¿ha alcanzado su momento?Revista Papeles de Cuestiones Internacionales, (9 0), 11-18. Morillas, P. (2006). Génesis y evolución de la expresión de la seguri-dad humana. Un repaso histórico. Revista CIDOB d’Afairs In-ternacionals, (76). 47-58. Recuperado de https://www.raco.cat/index.php/RevistaCIDOB/article/view/55706/64992 ONU. (2005). Documento Final de la Cumbre 2005, [Resolución 60/1 de la Asamblea General]. Recuperado de https://www2.ohchr.org/spanish/bodies/hrcouncil/docs/gaa.res.60.1_sp.pdf Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD. (1994). Informe sobre el Desarrollo Humano. Nuevas Dimensiones de la Seguridad Humana. México, D.F.: FCE. Rodríguez, J. (2005). La noción de “seguridad humana”: sus virtudes y sus peligros. Polis, Revista Latinoamericana, Centro de Investigación Sociedad y Políticas Públicas (CISPO), (11). 1-18 Rojas, F. (2007). Seguridad humana: aportes en la reformulación del concepto de seguridad. En: I. Sepúlveda Muñoz (coord.), Seguridad humana y nuevas políticas de defensa en Iberoamérica, pp. 49-74, Madrid: UNED. Vergara, M. (2008). Bien común y algunas reflexiones sobre la seguridad humana. Revista Política y Estrategia, (109), 13-35.
Contreras, C. (2007). Seguridad humana. Quórum, (18), 152-163. Ferrajoli, L. (2004). Derechos y garantías. La ley del más débil. (A. Ibañez y A. Greppi, trads.). Madrid: Trotta. Fundación CIDOB. (2004). Seguridad humana: conceptos, experiencias y propuestas. Una doctrina de seguridad humana para Europa. Revista CIDOB d’afers internacionals, (76), p. 159-199. Garzón, E. (1989). Algo más acerca del “coto vedado”. Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, (6), 209-213. Garzón, E. (2000). Instituciones suicidas. Estudios de ética política.México, D.F.: Universidad Nacional Autónoma de México. Garzón, E. (2005). El consenso democrático: fundamento y límites del papel de las minorías. Isonomía: revista de teoría y filosofía del derecho, (12), 7-34. Hessen, J. (2007). Teoría del conocimiento. México, D.F.: Tomo. Kay, S. (2006). Global security in the Twenty-first century. USA: Rowman & Littlefield Publishers Inc. Krause, K. (2005). Seguridad humana: ¿ha alcanzado su momento?Revista Papeles de Cuestiones Internacionales, (9 0), 11-18. Morillas, P. (2006). Génesis y evolución de la expresión de la seguri-dad humana. Un repaso histórico. Revista CIDOB d’Afairs In-ternacionals, (76). 47-58. Recuperado de https://www.raco.cat/index.php/RevistaCIDOB/article/view/55706/64992 ONU. (2005). Documento Final de la Cumbre 2005, [Resolución 60/1 de la Asamblea General]. Recuperado de https://www2.ohchr.org/spanish/bodies/hrcouncil/docs/gaa.res.60.1_sp.pdf Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD. (1994). Informe sobre el Desarrollo Humano. Nuevas Dimensiones de la Seguridad Humana. México, D.F.: FCE. Rodríguez, J. (2005). La noción de “seguridad humana”: sus virtudes y sus peligros. Polis, Revista Latinoamericana, Centro de Investigación Sociedad y Políticas Públicas (CISPO), (11). 1-18 Rojas, F. (2007). Seguridad humana: aportes en la reformulación del concepto de seguridad. En: I. Sepúlveda Muñoz (coord.), Seguridad humana y nuevas políticas de defensa en Iberoamérica, pp. 49-74, Madrid: UNED. Vergara, M. (2008). Bien común y algunas reflexiones sobre la seguridad humana. Revista Política y Estrategia, (109), 13-35.
URI: http://hdl.handle.net/11323/2390
https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/1850
https://revistascientificas.cuc.edu.co/juridicascuc/article/view/1850
Collections