Análisis de las partes, apoderados y límites de la agencia oficiosa en la conciliación extrajudicial en Colombia
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ARRIETA-LÓPEZ, Milton | 2021
La Constitución Política de 1991 permitió en su artículo 116 que los particulares pudiesen ser investidos de jurisdicción como en los casos de árbitros y conciliadores, a pesar de que esta investidura quedó limitada a ciertos aspectos de temporalidad y de poder que poseen los jueces de la República de Colombia. En ese sentido, el conciliador en ejercicio de su jurisdicción temporal puede examinar la comparecencia de las partes y establecer si éstas se encuentran facultadas para disponer del derecho controvertido. El objeto del presente trabajo es determinar, mediante la metodología del análisis crítico, la revisión bibliográfica y documental, si el agente oficioso puede reunir los requisitos de parte en la audiencia de conciliación. Se llega a la conclusión que por ausencia de atribución legal y en virtud de su naturaleza jurídica el agente oficioso no puede ser considerado como parte en la conciliación extrajudicial.
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