Litigio Nicaragua-Colombia en la Corte Internacional de Justicia
Trabajo de grado - Pregrado
2008
Corporación Universidad de la Costa
El 6 de diciembre de 2001 Nicaragua introduce una instancia contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, “respecto a cuestiones jurídicas que permanecen indecisas entre ambos Estados, en materia de títulos territoriales y en materia de delimitación marítima en el Caribe occidental”. Nicaragua plantea una controversia internacional al declarar unilateralmente la invalidez del Tratado suscrito con Colombia en 1928, denominado Esguerra-Bárcenas. Por esta razón acude ante la Corte con fundamento en el Pacto de Bogotá, suscrito por ambos países en 1948, y en la cláusula de jurisdicción obligatoria de la Corte o cláusula facultativa. Colombia decide presentar excepciones preliminares atacando la competencia de La Corte para conocer del litigio. El contencioso se desarrolla siguiendo el procedimiento judicial establecido en el Estatuto de La Corte. En primer lugar Colombia presenta en el plazo fijado para la presentación del procedimiento escrito, una exposición que contiene las observaciones y conclusiones sobre las excepciones preliminares propuestas, posteriormente La Corte fija el plazo para el depósito de una exposición escrita de Nicaragua sobre las excepciones preliminares de incompetencia presentadas por Colombia. Empieza la etapa oral del procedimiento con las audiencias públicas realizadas a partir del 4 de junio de 2007, hasta el 8 de junio de 2007, día en que La Corte comienza la deliberación que concluye al dictar el fallo relativo a las excepciones preliminares el día 13 de diciembre de 2007, La Corte se pronunció juzgando que el tratado de 1928 entre Colombia y Nicaragua reglamentó una de las cuestiones pretendidas por Nicaragua, en consecuencia, descartó para el objeto final del litigio que subsistiera desacuerdo jurídico entre las Partes sobre esta cuestión y se declaró incompetente, reteniendo así, una de las excepciones presentadas por Colombia; la Corte por otro lado juzgó, que es competente para estatuir sobre el desacuerdo relativo a las demás cuestiones que componen el diferendo entre las partes. En consecuencia establece el día 11 de noviembre de 2008 como el plazo máximo para que Colombia deposite su contra-memoria. First Colombia presents in the term fixed for the presentation of the written procedure, an exhibition that contains the observations and conclusions on the preliminary proposed exceptions, later The Court fixes the term for the deposit of a written exhibition of Nicaragua on the preliminary exceptions of incompetence presented by Colombia. It begins the oral stage of the procedure with the public hearings realized from June 4, 2007, until June 8, 2007, day in which The Court begins the deliberation that it concludes on having dictated the judgment relative to the preliminary exceptions on December 13, 2007, Day in which The Court begins the deliberation that he(she) concludes on having dictated the judgment relative to the preliminary exceptions on December 13, 2007, The Court declared itself judging that the agreement of 1928 between Colombia and Nicaragua regulated one of the questions claimed by Nicaragua, in consequence, it rejected for the final object of the litigation that was surviving juridical disagreement between the Parts on this question and declared itself incompetent, retaining this way, one of the exceptions presented by Colombia; the Court on the other hand judged, that it is competent for establish on the disagreement relative to other questions that compose the dispute between the parts. In consequence it establishes on November 11, 2008 as the maximum term in order that Colombia deposits his counter-memory.
- Pregrado [1280]
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