El apoyo estatal hacia el recién constituido pequeño empleador, por conceptos de acreencias laborales.
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García Ossa, Franlkin | 2016-12-01
La constitución política reza que Colombia es un estado social de derecho, y por ende
tiene una seria de pilares, entre eso la propiedad privada.
La propiedad privada es un derecho que goza la persona natural y la persona jurídica,
y gracias a esto, puede obtener, controlar y disponer de un capital, ya sea económico
o materializado en terrenos, pero esta libertad, en concordancia con los presupuestos
legales que fija el legislador. Entre las libertades que goza la propiedad privada se
encuentra la empresa privada. Y esta es la posibilidad que tiene una persona sea natural
o jurídica en conformar u organizar un negocio dedicado algo en específico, con
capital propio o de terceros pero independientes a la obra gubernamental,
sometiéndose así a la competitividad que genera la economía nacional.
La empresa privada y este rubro consiste en empresas que son creadas por personas
particulares, su capital no pertenece al Estado y aunque tienen que cumplir algunos
requisitos que él mismo les impone para trabajar libremente, como por ejemplo pagar
los impuestos y asegurar prestaciones y seguridad física a sus empleados, son libres
de tomar sus decisiones internamente sin intervenciones del Estado. (WEB Y
EMPRESAS, 2014)
Cuando se habla de empresa en Colombia, se tiene la errada costumbre de dirigirnos
a todos los empresarios en general. Tal caso, lo podemos denominar un error
meramente social, puesto que la legislación colombiana (LEY 905 DE 02 DE
AGOSTO DE 2004 “LEY MIPYME”) detalla 4 tipos de empresarios en Colombia.
Tales empresarios en este caso concreto los mipyme, actualmente reciben unos
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beneficios o estímulos fiscales, exoneración de matrícula mercantil por dos años, y
beneficios de financiación de proyectos cada cierto tiempo por parte del gobierno
nacional. Sin embargo, se quiere demostrar, que tales beneficios son importantes para
la invitación a la creación de una empresa pero esa invitación es exclusiva para
aquellos colombianos con la capacidad económica de crear una industria o estructura
empresarial excluyendo así, aquel colombiano con iniciativa, un posible proyecto pero
sin los recursos necesarios para mostrarlo viable o flotante a las expectativas
comerciales de la actualidad. Así mismo se va a demostrar que tal incentivo por parte
del gobierno nacional es mínimo para los gastos o acreencias laborales que debe
sostener un empresario MIPYME, dificultando así la función social de empresa, el
desarrollo de su misión para alcanzar su visión y la generación de empleo, este último
siendo un margen comparativo y estadístico para demostrar los índices de empleo o
desempleo en el país de operación, en este caso Colombia.
Así mismo, se detallara que aparte que los beneficios que genera el estado para las
micro empresas, resulta mínimo, estos beneficios tiene una publicidad que brilla por
su ausencia, demostrando así que los presupuestos de lo anterior son meramente
formales y careciendo de materialidad alguna.
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